Aspectos importantes que deben tener en cuenta las ESAL

 

DOCUMENTO DE ORIENTACION TRIBUTARIA  ABAKOS S.A. No. 001

ASPECTOS IMPORTANTES QUE DEBEN TENER EN CUENTA LAS ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO (ESALES), DERIVADOS DE LA  REFORMA TRIBUTARIA “ESTRUCTURAL” LEY 1819 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2016  Y EL DECRETO 2150 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2017

1. Las normas tributarias no son retroactivas, es decir, la aplicación de la ley 1819 rige a partir del 1 de enero de 2017.

2. Se recomienda que las organizaciones contempladas en el Articulo 19 del E.T. NAL. Que quieran permanecer en el RTE, Revisen y actualicen sus estatutos y que estos se encuentre en armonía con el marco normativo vigente.

3. El Acta de las asambleas que se realizaran antes del 31 de marzo de 2018, deben contener como mínimo:

a) Autorización al representante legal por parte de la asamblea general o máximo órgano que haga sus veces, para que solicite la permanencia ante la DIAN en el régimen tributario especial.

b) En el Acta se debe indicar el estado de las asignaciones permanentes de los años anteriores y que no han sido reinvertidas, y de manera sumaria se informa la forma como se realiza la inversión del beneficio neto o excedente tratado como exento en el año gravable anterior.

c) Si del resultado del ejercicio se genera una pérdida fiscal, la misma se podrá compensar con los beneficios netos de los periodos gravables siguientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 147 del Estatuto Tributario. Esta decisión DEBERÁ constar en acta de la Asamblea General o máximo órgano directivo, antes de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del correspondiente periodo gravable en el cual se compense la pérdida fiscal.

d) Que la destinación total del beneficio neto esté aprobado por la Asamblea General, para lo cual se dejará constancia en el Acta de cómo se destinará y los plazos en que se espera realizar su uso, reunión que deberá celebrarse dentro de los tres primeros meses de cada año.

e) Que la Constitución de la Asignación Permanente este aprobada por la Asamblea general, antes de presentar la declaración de Renta y Complementario del respectivo periodo gravable, si hubo lugar a ello.

ESAL

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